REQUISITOS CANCELACIÓN
REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO – RUT
PERSONA NATURAL Y JURÍDICA
1 Carta de solicitud debidamente motivada, razones por las cuales realiza dicha solicitud.
2 RUT actualizado (Dirección, teléfono, actividad. – P2 Casillas 89, 90 No. 16* 19)
3 Personal – fotocopia cédula de ciudadanía
Representante legal – Persona Jurídica
4 Apoderado (Poder especial autenticado o general (Escritura pública) debidamente otorgado, con presentación personal – fotocopia de la cédula del apoderado, copia tarjeta profesional y copia de la cédula del poderdante y certificado de existencia y representación legal según el caso, el poder especial podrá otorgarse a cualquier persona, y el poder general, se otorga a través de escritura pública (Decreto No. 0019 de 2012)
5 Certificado de cancelación de la Cámara de Comercio vigente no mayor a un (1) mes.
Para uniones temporales y consorcios (Acta de constitución – Acta de liquidación del contrato – Copia del contrato – Acta liquidación de la unión temporal o consorcio)
6 Copia de declaraciones:
- Renta – Tres (3) últimos años
- Ventas – Ultimo años
- Retenciones – Ultimo año
Nota: Se debe tener en cuenta en el caso de obligados a presentar declaraciones virtualmente, que se haya dado cumplimiento a esta exigencia. (Art. 579-2 del E.T.)
7 a. Certificado de contador por los dos (2) últimos bimestres anteriores a la solicitud, donde especifique el total de los valores registrados en débito y crédito de la cuenta IVA por pagar, el valor del inventario final pendiente de venta, identificación de la declaración en que el responsable declaro y pago el IVA de tales inventarios y por cual valor.
En el caso de no ser responsable del impuesto sobre las ventas, certificar y citar norma.
b. Certificado de vigencia de la tarjeta profesional del contador o revisor fiscal que suscribe la certificación, con fecha de expedición menor a tres (3) meses emitida por la junta central de contadores.
8 Si es agente de retención debe presentar copia de los formularios de la información exógena y consulta del envío donde conste que fue exitosa (consultar página DIAN link: Presentación de información por envío de archivos - Consulta de archivos enviados)
9 Liquidación de la persona jurídica o asimilada
10 Escritura de disolución de la persona jurídica o asimilada
11 Original del documento de identidad del liquidador
12 Persona natural que ejerce actividades excluidas (salud, educación o transporte) fotocopia del permiso emitido por autoridad competente o certificado de retención del año inmediatamente anterior.
13 Entidades públicas: equivalente a la disolución será acto administrativo donde conste la disolución de la sociedad.
14 Fallecidos: fotocopia de la escritura de liquidación de la sucesión.
15 Registro de defunción del causante.
16 Certificado de la Registraduría nacional del estado civil donde conste el número de identificación del causante.
17 Se recomienda verificar con funcionario de inconsistencias que no tenga reporte por este concepto en las declaraciones presentadas, en caso de que así sea se debe efectuar las respectivas correcciones.
Para la cancelación del NIT se requiere encontrarse a paz y salvo por todo concepto con la DIAN. (Art. 11 Decreto 2788 de 2004, Orden Administrativa 001-2005)
Nota: Tomado del documento suministrado en la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Yopal – Subdirección de Gestión y Asistencia al cliente.
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