miércoles, 2 de octubre de 2013

Proceso de aplicación Normas Internacionales de Información Financiera NIIF

Comentarios sobre el proceso de aplicación por primera vez de las normas internacionales de información financiera NIIF.


La implementación de las normas internacionales de información financiera se vuelve un poco complejo para aquellas empresas que tienen que pasar del registro de operaciones conforme a los principios locales de contabilidad a las NIIF. Estas entidades deben seguir el proceso de transición, es decir que partiendo de los saldos del balance con PCGA locales, deben realizar unos ajustes que permitan depurar y llegar al balance de apertura bajo NIIF, y continuar durante un año con un registro simultaneo conforme a PCGA locales y la NIIF para las Pymes.

El análisis de este proceso de se centrara en la NIIF para las pymes, o las empresas del grupo 2. Sin embargo la explicación también sirve para las empresas del grupo 1, que aplican NIIF plenas, y las del grupo 3, que aplican Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las Microempresas (D 2706/2012).

En primer lugar es necesario indicar las etapas del proceso de implementación. Este proceso de transición está descrito en el párrafo 35.6 y 35.7 de la NIIF para las pymes;

35.6 El párrafo 3.14 requiere que una entidad revele, dentro de un conjunto completo de estados financieros, información comparativa con respecto al periodo comparable anterior para todos los importes monetarios presentados en los estados financieros, así como información comparativa específica de tipo narrativo y descriptivo. Una entidad puede presentar información comparativa con respecto a más de un periodo anterior comparable. Por ello, la fecha de transición a la NIIF para las PYMES de una entidad es el comienzo del primer periodo para el que la entidad presenta información comparativa completa, de acuerdo con esta NIIF, en sus primeros estados financieros conforme a esta NIIF. (Énfasis nuestra)



35.7 Excepto por lo previsto en los párrafos 35.9 a 35.11, una entidad deberá, en su estado de situación financiera de apertura de la fecha de transición a la NIIF para las PYMES (es decir, al comienzo del primer periodo presentado):

(a) reconocer todos los activos y pasivos cuyo reconocimiento sea requerido por la NIIF para las PYMES;

(b) no reconocer partidas como activos o pasivos si esta NIIF no permite dicho reconocimiento;

(c) reclasificar las partidas que reconoció, según su marco de información financiera anterior, como un tipo de activo, pasivo o componente de patrimonio, pero que son de un tipo diferente de acuerdo con esta NIIF; y

(d) aplicar esta NIIF al medir todos los activos y pasivos reconocidos. (énfasis nuestra)

De la lectura de los anteriores párrafos podemos deducir que los primeros estados financieros conforme a la NIIF para pymes se deben presentar comparativos con el periodo anterior. Por tal razón se debe preparar los estados financieros comparados, que corresponderían a los del periodo anterior, partiendo del balance de apertura que se elaborara al comienzo del periodo, y al tratarse de una entidad que adopta por primera vez la NIIF, se le aplicara lo indicado en la sección 35.

Veamos ahora el cronograma que el gobierno colombiano indicó en el oficio de fecha 13 de septiembre de 2012 de la Presidencia de la República para cumplir lo dicho en el anterior párrafo. Etapas del proceso de implementación NIIF;

Para los Usuarios que conforman el Grupo II:

1. Fecha de expedición de las normas NIIF para Pymes: A más tardar el 31 de diciembre de 2013.
2. Período de preparación obligatoria: Año 2014.
3. Fecha de transición -balance de apertura-: 1 ° de enero de 2015.
4. Fecha de aplicación (Primer comparativo): 31 de diciembre de 2015.
5. Fecha de reporte -Estados financieros NIIF-: 31 de diciembre de 2016. (Énfasis nuestra)

La siguiente grafica nos permite comprender mejor las etapas del proceso de aplicación de las NIIF en las Pymes:


Fuente: Autor


En la gráfica anterior podemos observar que durante un año más las operaciones se continuaran registrando de acuerdo a principios locales. Es decir que durante el año 2015 se dará aplicación por última vez a los Decretos 2649 y 2650 de 1993 y normatividad vigente. 

También se observa que durante el periodo de transición se necesita llevar información paralela o simultanea de acuerdo a la NIIF para las pymes. Esto se hace con el propósito de elaborar los estados financieros comparativos. Por lo tanto debemos contar con un software contable que permita llevar una contabilidad paralela a la contabilidad conforme a los principios locales de contabilidad. Lo anterior significaría un trabajo doble, y sin las herramientas adecuadas puede complicarse todo este proceso de transición. 

El balance de apertura en la fecha de transición se elabora a partir de los saldos del 31/12/2014 bajo PCGA con la aplicación de los ajustes respectivos de la NIIF para Pymes. El balance de apertura es el punto de partida para el registro contable de las operaciones que la entidad realizará durante el periodo de transición, y las cuales se reconocerán de acuerdo a las NIIF para las pymes. Al final del  periodo de transición se elaboraran los estados financieros comparativos, para el caso de las PYMES correspondería al 31 de Diciembre de 2015. 


Este es un artículo abierto a comentarios para su mejoramiento. 





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